Para arrancar una Empresa, poner un negocio o prestar servicios de manera independiente como freelance, es muy importante determinar el régimen fiscal más conveniente para la actividad económica que va a realizarse. De esta determinación dependerán las obligaciones tributarias frente al SAT, cuyo cumplimiento es fundamental para mantener finanzas sanas y libres de problemas.
Regímenes fiscales para personas físicas
El régimen fiscal de personas físicas es para individuos que realizan una actividad económica, por lo que tienen derechos y obligaciones ante la autoridad fiscal y pueden estar inscritos en más de un régimen al mismo tiempo. Los regímenes más comunes son:
Sueldos y salarios
Es para las personas que reciben salarios y prestaciones de uno o varios empleadores.
Servicios profesionales
Es el régimen fiscal para las actividades freelance, es decir, aquellas personas que trabajan de manera independiente para Empresas, gobierno u otros individuos, y cobran mediante recibos de honorarios. Las personas bajo este esquema deben presentar declaraciones mensuales y anuales.
Actividades empresariales
Es para quienes desarrollan actividades comerciales, industriales, agrícolas, de ganadería, pesca o autotransporte. Esta es la modalidad adecuada para quienes tienen negocios como cafeterías, fondas, talleres mecánicos, etc.
Arrendamiento de inmuebles
Es para las personas que obtengan ingresos de rentar bienes inmuebles.
Régimen Simplificado de Confianza
A partir del 1 de enero de 2022 entró en vigencia el RESICO, el cual sustituye al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Bajo este esquema, pueden tributar las personas físicas cuyos ingresos anuales sean menores a 3.5 millones de pesos. En este nuevo régimen, hay una reducción en las tasas del ISR, dependiendo del monto de los ingresos.
Regímenes fiscales para personas morales
Las personas morales son entidades con existencia jurídica constituidas por un grupo de individuos. El régimen fiscal de una empresa al que debe inscribirse cada una de estas entidades depende de su objeto social. A continuación, presentamos los más comunes:
Régimen general
El Régimen General de Ley de Personas Morales o régimen 601 es para las sociedades con fines lucrativos, por ejemplo: sociedades mercantiles, sociedades civiles, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, bancos, casas de bolsa, aseguradoras, etc. Las personas morales inscritas en esta modalidad deben expedir facturas electrónicas, presentar pagos provisionales y definitivos de impuestos, presentar la declaración anual, etc.
Régimen Simplificado de Confianza
Pueden inscribirse al RESICO las personas morales constituidas únicamente por personas físicas (que no estén asociadas con otras personas morales) y cuyos ingresos anuales sean menores a 35 millones de pesos.
Régimen sin fines lucrativos
Apto para asociaciones que no buscan ningún tipo de ganancia económica con su actividad, por ejemplo: sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro, sindicatos, cámaras industriales, instituciones de beneficencia, asociaciones civiles sin fines de lucro, etc. Las personas morales bajo este régimen fiscal deben expedir comprobantes fiscales CDFI para acreditar sus ventas o servicios prestados; deben enviar sus balanzas de comprobación y el catálogo de cuentas de sus actividades anuales, etc.
También existen regímenes como Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras; Coordinados; Hidrocarburos; Enajenación o Adquisición de Bienes, entre otros.
FUENTES:
- SAT. Página consultada el 13 de diciembre de 2022.
http://www.sat.gob.mx/. - Alto Nivel. “Estos son los tipos de régimen fiscal del SAT, ¿sabes a cuál perteneces?”. Publicado el 25 de febrero de 2022. Consultado el 13 de diciembre de 2022.
https://www.altonivel.com.mx/finanzas-personales/sat/estos-son-los-tipos-de-regimen-fiscal-del-sat-sabes-a-cual-perteneces/.
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