Como su nombre lo indica, el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) busca incorporar a la economía formal a personas físicas con actividades empresariales cuyos ingresos no rebasen los dos millones de pesos anuales.
¿Para quién es?
En el RIF pueden tributar personas que se dediquen a:
Venta de bienes
Propietarios de tiendas de abarrotes, papelerías, carnicerías, fruterías, dulcerías, tianguistas, locatarios de mercado, etc.
Prestación de servicios
Se trata de personas que realizan actividades que no requieren título profesional, por ejemplo: peluqueros, plomeros, carpinteros, herreros, albañiles, taxistas, etc.
Ventas sin local fijo
Personas que venden productos por los que obtienen una comisión: venta de tarjetas telefónicas, tiempo aire, productos de belleza, etc.
Otros
En el Régimen de Incorporación Fiscal también pueden tributar quienes obtengan ingresos por sueldos, asimilados a salarios, arrendamiento de inmuebles o intereses, siempre y cuando sus ingresos no superen los dos millones de pesos al año.
¿Por qué inscribirse al RIF?
Ingresar a la economía formal a través del RIF abre perspectivas de crecimiento a los pequeños negocios y trabajadores independientes, además de ofrecer la posibilidad de proteger a sus familias. Entre los beneficios de inscribirse al RIF se encuentran:
● Descuento del 100% en el Impuesto sobre la Renta (ISR) durante el primer año.
● Posibilidad de reducir hasta el 100% de impuestos si los ingresos anuales no exceden los 300 mil pesos.
● Posibilidad de deducir pagos para reducir los impuestos a pagar.
● Atraer más clientes debido a la posibilidad de emitir facturas electrónicas y cobrar con terminales bancarias.
● El Régimen de Incorporación Fiscal permite acceder a financiamientos y créditos para apoyar la operación del negocio a través de NAFIN.
● Acceso a créditos al consumo para los trabajadores a través de FONACOT.
● Acceso a educación y servicios financieros a través de BANSEFI.
● Seguridad social para la persona física inscrita y su familia gracias al acceso a los servicios del IMSS.
Actualización constante
Como ocurre con todos los regímenes fiscales, año con año el SAT publica cambios y actualizaciones en las obligaciones y mecanismos de lo que es el RIF, por lo que es necesario mantenerse informado para inscribirse o cumplir correctamente con las obligaciones.
FUENTES:
https://www.sat.gob.mx/consulta/
https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/
https://www.reachcore.com/que-es-el-rif-obten-todas-las-respuestas/