Cuando a una persona le notifican un adeudo fiscal, el plazo para pagarlo es de 30 días hábiles siguientes o dentro del plazo que se menciona en el documento recibido, debido a que es posible obtener reducciones por pronto pago, en caso de multas. Realizando el pago, se descarta la posibilidad de que embarguen tanto cuentas bancarias como otros bienes. Debido a esto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrecen facilidades para liquidar tu deuda: pago a parcialidades o diferido 3.
Opciones para mejorar la contabilidad empresarial:
Parcialidades
Buena opción para quienes no cuentan con la totalidad del importe. Es una modalidad que permite a personas físicas y morales pagar contribuciones omitidas en mensualidades, pudiendo elegir el número de meses con un límite hasta 36, para lo cual se debe realizar un pago inicial del 20% del monto total del adeudo. El 80% restante será financiado con una tasa que varía de acuerdo al número de meses que se seleccionen.
Diferido
Consiste en fijar una fecha para liquidar el adeudo, sin que el plazo exceda de 12 meses. El monto debe cubrirse en un solo pago. En esta modalidad también se debe efectuar un pago inicial del 20% del adeudo, y el resto pagarlo a más tardar en la fecha señalada en la solicitud de autorización, adicionando la tasa de recargos por prórroga. El portal web del SAT ofrece más información sobre estos temas, además de simuladores para hacer un cálculo aproximado de tus parcialidades o del monto final, según sea el caso. Finalmente, cabe señalar que en la actualidad el Gobierno de la Ciudad de México cuenta con un programa de regularización fiscal llamado “Ponte al Corriente”, vigente del 1 de marzo hasta el 30 de abril del presente año, por medio del cual se condonará el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución a los contribuyentes que se pongan al corriente en el pago de impuestos y derechos, esto ayudará a estar al corriente y mejorar la contabilidad empresarial.4.1. https://www.eleconomista.com.mx/economia/Recaudacion-por-fiscalizacion-aumento-62-en-el-2017-20180218-0057.html 2. https://www.eleconomista.com.mx/economia/Recaudacion-por-fiscalizacion-aumento-62-en-el-2017-20180218-0057.html 3. http://www.sat.gob.mx/Adeudos_Fiscales/Paginas/default.htm 4. http://www.eluniversal.com.mx/metropoli/cdmx/condonaran-en-cdmx-multas-quien-regularice-pago-de-impuestos